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Foto del escritorEL ZENTINELA INFORMATIVO

Revisiones de la Autoridad Fiscal en Comercio Exterior

Dra. Marisol Gómez Delegada de PRODECON en Michoacán.


Morelia, Michoacán 8 de septiembre; En relación al tema fiscal en comercio exterior con la Dra. Marisol Gómez delegada de PRODECON en Michoacán, mencionó que la facultad que tienen las autoridades Fiscales como puede ser el Servicio de Administración Tributaria (SAT), el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), INFONAVIT o alguna autoridad coordinada como puede ser el Servicio de Administración Tributaria del Estado de Michoacán, para verificar el cumplimiento correcto y oportuno de las Obligaciones Fiscales.

  Mencionó que es importante señalar que una facultad de comprobación es una revisión que hacen estas autoridades fiscales respecto del correcto cumplimiento de las obligaciones fiscales que tenga una persona contribuyente, respecto de un año o de uno o varios meses, la autoridad revisa, por ejemplo: documentación que consiste en facturas en los comprobantes fiscales, en los contratos que hayan celebrado con sus clientes o proveedores o papeles de trabajo.

  Esta revisión la realiza con la finalidad de verificar el cumplimiento de las obligaciones como el pago de los impuestos y si no esta de acuerdo en la manera en que se pagaron o si encuentra ciertas omisiones, pues la hará del conocimiento del contribuyente, en un documento donde va a precisar todas esas inconsistencias hechos u omisiones.

  En el caso particular del tema indico; si la actividad de la persona contribuyente es la importación o exportación de mercancías de procedencia extranjera, o la venta de bienes o mercancía extranjera la autoridad también puede hacer una revisión respecto del correcto pago de contribuciones en materia de comercio exterior, como puede ser el impuestos general de importación, el IVA o el Derecho al Trámite Aduanero; y también la autoridad va a verificar que esa mercancía extranjera tenga legal importación, tenencia estancia en nuestro país, por ser de procedencia extranjera.

  Respecto de esta facultad de comprobación que puede realizar la autoridad tratándose de mercancías de procedencia extranjera, existe una facilidad para las personas contribuyentes de que puedan atenderla a través de un acuerdo conclusivo, que se tramita a través de la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (PRODECON).

Cuando la autoridad les inicie este procedimiento en materia en materia aduanera derivado de una visita domiciliaria para verificar la legal estancia – tenencia de la mercancía de procedencia extranjera, y los contribuyentes tengan una controversia o no estén de acuerdo en esos hechos u omisiones que la autoridad les consignó, pueden solicitar el acuerdo conclusivo, dentro de 20 días posteriores al levantamiento del acta de inicio de este procedimiento; es decir, pueden atenderlo a través de los acuerdos conclusivos y tener un beneficio de la reducción al cien por ciento de las multas independiente mente de su monto.

Para solicitar este Acuerdo Conclusivo, lo pueden hacer de manera presencial en la Delegación Michoacán en un horario de 9:00 a. m. a 3:00 de la tarde, o a través del sistema electrónico de Recepción de Solicitudes de Servicio por sus siglas SERSE, que esta disponible en el portal institucional: www.prodecon.gob.mx.

Finalmente invitó para que hagan uso de estos servicios, si se encuentran en una revisión en materia de comercio exterior, por parte de las autoridades fiscales, ya que los servicios son totalmente gratuitos.

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